Fortuño abusa de Ley 76

Por Yolanda Vázquez

Como parte de la Jornada sobre el Gasoducto del Norte, el Capítulo Estudiantil de la Asociación Nacional de Derecho Ambiental (ANDA), presentó un Conversatorio en la Aula Magna de la Escuela de Derecho de la UPR, Recinto de Río Piedras el pasado miércoles 6 de octubre de 2010 de 4:00 a 6:00 PM. La presentación del tema estuvo a cargo principalmente del Prof. William Vázquez Irizarry de la Escuela de Derecho de la UPR-RP y giró en torno a la nueva Orden Ejecutiva 2010-034 sobre la Crisis Energética firmada por la actual administración del Gobernador Luis Fortuño.

La Orden Ejecutiva de Emergencia Energética está basada y se fundamenta en la Ley # 76 del 2000 firmada bajo la administración popular de la ex gobernadora Sila M. Calderón tras el azote del huracán Georges en 1999. Esta ley establece “que una emergencia se determina cuando están en peligro la infraestructura, la generación de energía, los servicios esenciales, la seguridad del individuo y la salud”. Los guaynabitos en Fortaleza pretenden justificar su decreto de “crisis energética” porque la infraestructura “deteriorada” depende del petróleo en más de un 70%, la contaminación del mismo y las fluctuaciones del precio en el mercado internacional generan desasosiego y un problema de calidad de vida y salud de la población.

Gamelín Oduardo a la izquierda y el Prof. Vazquez a la derecha contestan preguntas de los presentes.

En la actividad se explicaron dos grandes problemas con la Orden Ejecutiva, uno de justificación en apego a la Ley en la que se basa y otro de precisión y pruebas. Para el Prof. William Vázquez, el gran problema de esta ley es la ausencia de un modelo o de una política pública clara y transparente que permita justificarla y ejecutarla en apego al derecho administrativo. Durante la actividad quedó claro que nada de lo planteado en la Orden Ejecutiva sirve para fundamentar el que estemos en un Estado de Emergencia por no cumplir con la Ley #76 del 2000 en la que se basa. Según el profesor y especialista en derecho administrativo y constitucional, de acuerdo a esta Ley toda declaración de Estado de Emergencia necesita cumplir con aspectos de formalidad acerca de cómo se va a ejecutar, aspectos de responsabilidad acerca de quién asume la ejecución de la misma, aspectos de fundamentación que expone las razones y su justificaciones, y aspectos de contenido, alcance y duración de la orden conforme. La Orden Ejecutiva no cumple con la ley porque carece de justificación válida, la misma es muy escueta y cuestionable en base a derecho.

El Profesor Vázquez fue muy ilustrativo con la audiencia cuando en sus manos tomó dos bombillas y las comparó. “Podemos decir que una tecnología (bombilla) es mejor que la otra y ahorra más energía, pero no podemos determinar que la que tenemos ahora, haciendo alusión a la bombilla incandescente (a la izquierda de la foto) no funciona o está en crisis”, sentenció el profesor evidenciando la mentira de la orden. Si hay problemas con el petróleo o hay una infraestructura más eficiente que la que opera hoy en las plantas de la Autoridad de Energía Eléctrica (AEE) no significa que el sistema está en crisis.

El otro gran problema es la falta de precisión. En palabras del estudiante de derecho, Gamelín Oduardo, el “deterioro de infraestructura” es una “clausula zafacón” a la que se refieren cada vez que quieren decir que hay una “criris”. “En ningún lado se precisa cuales son estos problemas, si es alguna planta generatriz, si es en las calderas o si es en la distribución” increpó el líder estudiantil. En su aportación como panelista, el estudiante preguntó “¿Dónde está esa emergencia?” y de seguido contestó: “Esta ley responde a la politiquería, pero enfrenta con una oposición desde la base, del pueblo… esta ley no especifica cuál es la emergencia real, ni sustenta con estudios científicos serios, ni informes independientes”. Los y las personas presentes, cercanas a 60 personas, fuimos instruidos de la charlatanería que los guaynabitos quieren hacer creer que es una declaración de emergencia tal como hicieron con la Ley #7.

¿Qué está detrás de esta Orden?

Al aplicarse, inmediatamente se exime del proceso normal para hacer los trabajos por la conocida vía del “Fast Track” utilizado anteriormente por la Administración del ex gobernador Pedro J. Rosselló, (1992-2000) para sus grandes proyectos de infraestructura como el Tren Urbano, el Súper Tubo, el Choliseo y otros, es decir, se excluye de cumplir con leyes, reglamentos y agencias reguladoras como la Junta de Planificación, ARPE, Departamento de Recursos Naturales, Departamento de Bomberos, las agencias federales como el Cuerpo de Ingenieros de los Estados Unidos, la agencia de Fish and Wildlife que permiten conocer el posible impacto en la fauna y flora de especies endémicas y en peligro de extinción. Precipita un proceso amañado de carácter especial por agencias como la AEE, en donde se excluye la participación ciudadana y se determinan las decisiones de manera brutal que ni siquiera las agencias que sabemos le sirven de fotutos al gobernador y a Wall Street pueden realizar su trabajo ministerial reduciendo de paso el tiempo a la otorgación de permisos y a la expresión pública con preocupaciones reales de seguridad, manejo de fondos públicos y hasta expropiación. El único interés de esta Orden Ejecutiva es facilitar el pillaje de los guynabitos de turno y los esquemas financieros esclavizantes.

La Asociación Nacional de Derecho Ambiental (ANDA) se encuentra evaluando la posibilidad de retar la Orden Ejecutiva en el tribunal para demostrar su ilegalidad. Abayarde Rojo aplaude esta iniciativa como tantas otras que revelan el carácter usurero y megalómano de los capitalistas en el uso y aplicación de sus propias leyes. ¡Adelante

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